Subvenciones adaptación riesgo de inundación
CONSIGUE SUBVENCIONES DE HASTA EL 80% POR GASTOS REALIZADOS DESDE EL 6/03/2021 EN ACTUACIONES DE ADAPTACIÓN AL RIESGO DE INUNDACIÓN
El pasado día 11 de abril se publicó en el BOR la Resolución 419/2025, de 7 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la segunda convocatoria de las subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en los municipios riojanos del tramo medio de la cuenca del río Ebro, dentro de la Estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea NextGenerationEU, que te adjunto para tu conocimiento y efectos.
El plazo de presentación de solicitudes, conforme al modelo normalizado que figura en la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25483 termina el próximo 16 de junio de 2025
Te informamos que te puedes acoger a una línea de subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en determinados municipios riojanas por los gastos en que hayas incurrido por actuaciones en esta materia desde entre el 6 de marzo de 2021, con las siguientes condiciones:
Ámbito territorial
Los municipios riojanos ribereños del eje del río Ebro y en los de los ríos Cidacos y Alhama, es decir:
• Logroño • Agoncillo • Arrúbal • Alcanadre • Pradejón • Calahorra • Aldeanueva de Ebro • Rincón de Soto • Alfaro |
• Enciso • Arnedillo • Santa Eulalia Bajera • Herce • Arnedo • Quel • Autol • Aguilar del Río Alhama • Cervera del Río Alhama |
Beneficiarios:
- Ayuntamientos, mancomunidades de municipios, otras entidades locales, consorcios,
- Comunidades de propietarios,
- Comunidades de regantes,
- Personas físicas,
- Empresas
Actuaciones subvencionables:
Las actuaciones subvencionables podrán haberse realizado desde el 6 de marzo de 2021, debiendo hallarse finalizadas antes del 6 de febrero de 2026.
LÍNEA 1: Adquisición e instalación de equipamientos o materiales que impidan la entrada de las aguas o faciliten su evacuación, tales como:
- Barreras temporales o permanentes
- Bombas de achique
- Válvulas antirretorno
- Otros elementos que permitan cumplir los objetivos de esta línea.
Cuantía de la subvención el 80% del PEM financiable (IVA excluido), con un máximo para cada beneficiario de 35.000 euros
LÍNEA 2: Ejecución de obras de recuperación ambiental y mejora del estado de cauces y riberas que contribuyan además a la reducción del riesgo de inundación, especialmente en los entornos urbanos, incluyendo actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en los elementos vulnerables, tales como:
- Impermeabilización o rediseño de fachadas.
- Construcción o mejora de muros perimetrales.
- Protección o sellado de huecos (ventanas, rejillas de ventilación, patinillos de instalaciones...)
- Protección o traslado de instalaciones vulnerables (cuadros eléctricos, transformadores, calderas, depósitos de combustible, etc.)
- Aquellas otras obras que permitan mejorar al riesgo de inundación de los equipamientos y edificaciones existentes e incrementar su resiliencia.
Cuantía de la subvención el 80% del PEM financiable (IVA excluido), con un máximo para cada beneficiario de 70.000 euros
LÍNEA 3: Actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrarias y ganaderas, tales como:
3.1. Explotaciones agrarias:
- Instalación de compuertas y/o barreras anti-inundación temporales y/o permanentes.
- Sellado e impermeabilización de paredes/muros exteriores y soleras.
- Elevación o sellado de umbrales de entrada.
- Elevación o protección de infraestructuras, equipamientos e instalaciones.
- Creación, ampliación o mejora de sistemas de drenaje, rediseño de redes y sistemas de riego de forma que discurran bajo el terreno natural.
- Creación de bandas de protección natural.
- Reordenación/rotación de cultivos y selección de especies inundorresistentes.
- Creación de zonas de inundación temporal controlada.
- Otros elementos que permitan cumplir los objetivos de esta línea.
3.2. Explotaciones ganaderas:
- Alojamiento temporal para los animales.
- Apriscos (corrales, establo, etc..) permanentes o temporales.
- Construcción de rampas de acceso.
- Barreras anti-inundación.
- Elevación de suelos de naves.
- Elevación y /o protección de equipamientos/instalaciones.
- Sellado e impermeabilización de muros exteriores.
- Otros elementos que permitan cumplir los objetivos de esta línea
Cuantía de la subvención el 80% del PEM financiable (IVA excluido), con un máximo para cada beneficiario de 70.000 euros
LÍNEA 4: Obras o actuaciones necesarias que permitan la protección, mejora ambiental y adaptación al riesgo de inundación de los entornos fluviales, así como de los edificios, instalaciones, infraestructuras o equipamientos existentes.
- Implantación de medidas encaminadas a la mitigación de riesgos mediante una mejor gestión de los episodios de inundación, tales como la elaboración y/o implantación de planes de protección civil de ámbito municipal.
- Adquisición de terrenos y la indemnización de cualesquiera otros derechos que pudieran resultar afectados en actuaciones destinadas a la protección frente al riesgo de inundación, incluyendo indemnizaciones condicionadas al cese de actividad y la baja en el registro de explotaciones ganaderas ubicadas en zonas de elevado riesgo de inundaciones. se considerarán elegibles, en su caso, los gastos de demolición de edificaciones existentes con el fin de dejar el terreno adaptado al riesgo de inundación.
- Otras actuaciones de adaptación de vías de comunicación, abastecimiento y cualquier otra infraestructura o bien existente en la zona inundable, incluyendo la implantación de las medidas identificadas en los planes de gestión del riesgo de inundación y otros planes regionales o municipales de actuación frente a inundaciones.
Cuantía de la subvención el 80% del PEM financiable (IVA excluido), con un máximo para cada beneficiario de 120.000 euros
Criterios de valoración
- Los solicitantes deberán presentar una única solicitud para cada una de las líneas, que se referirá a una única actuación. Si un beneficiario desea concurrir a varias líneas, deberá presentar tantas solicitudes como líneas a las que desee concurrir.
- Las actuaciones objeto de la subvención deben haberse realizado entre el 6 de marzo de 2021 y el 6 de febrero de 2026
- Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la convocatoria y conforme a la normativa que resulte de aplicación.
- Serán subvencionables los gastos de servicios complementarios de las obras, tales como redacción de proyectos, memorias valoradas de obra, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud, estudios topográficos, geotécnicos, de inundabilidad, etc. No podrán superar el 5% del Presupuesto base de licitación, excepto casos motivadamente justificados.
- Para poder ser beneficiario de la subvención se deberá obtener una puntuación igual o superior a 5 puntos.
- La concesión de las ayudas se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, que serán ordenadas en función de la puntuación obtenida conforme a los criterios que se reflejan a continuación, pudiéndose alcanzar un máximo de 50 puntos:
a) La ubicación de la edificación, equipamiento, instalación, explotación o zona de actuación: | b) Estado de ejecución de la actuación | c) Grado de contribución en cuanto a longitud de cauces restaurados y habitantes protegidos | |||
Criterio | Puntos | Criterio | Puntos | Criterio | Puntos |
Elemento afectado en zona ARPSI | 20 |
Propuesta ejecutada |
20 |
Más de 150 habitantes protegidos |
10 |
Elemento afectado en zona de flujo preferente | 15 | Propuesta en ejecución | 5 | Entre 150 y 100 habitantes protegidos | 5 |
Elemento en zona inundable T=10 | 10 | Entre 100 y 50 habitantes protegidos | 3 | ||
Elemento en zona inundable T=50 | 7 | Entre 50 y 1 habitante protegido | 1 | ||
Elemento en zona inundable T=100 | 5 | Más de 0,75 kms de cauces | 8 | ||
Elemento en zona inundable T=500 | 4 | Entre 0,75 y 0,50 kms de cauces | 5 | ||
Entre 0,50 y 0,25 kms de cauce | 2 | ||||
Aplicación de soluciones basadas en la naturaleza | 2 |
Gastos No Subvencionables
- Las actuaciones realizadas antes del 6 de marzo de 2021
- Las actuaciones que no cumplan o no permitan el cumplimiento de las normativas vigentes de obligado cumplimiento….
- Los impuestos directos e indirectos, entre ellos el IVA.
- Los costes indirectos de la persona beneficiaria: gastos de gestión y administración específicos, gastos corrientes, agua, luz, internet, móvil, etc.
- Los gastos financieros, asesoría jurídica, notariales, periciales, etc.
- En general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no estén relacionados directamente con la finalidad el objeto de la subvención.
Ante cualquier duda relativa al procedimiento que pudiera surgir, consulta sobre las actuaciones, etc., podéis contactar con las siguientes personas de la Consejería competente:
Asistencia técnica: María José Clavijo Correo-e: mclavijo@larioja.org Tel. 941 291 683
Asistencia administrativa: José M.ª Astarloa Correo-e: jmastarloa@larioja.org Tel. 941 291 100 Ext. 33222
Enlace web Oficina Electrónica, trámite habilitado para la presentación de solicitudes:
Ayudas de adaptación al riesgo de inundación (larioja.org)
Además, existen unas guías y recomendaciones muy prácticas y útiles para la adaptación al riesgo de inundación de distintos sectores económicos.
Todas ellas están disponibles en la página web del MITECO https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas.html y en la página web de la Estrategia Ebro Resilience www.ebroresilience.com
En los enlaces que se refieren a continuación, puede accederse a su contenido:
a) Guía para la reducción de la vulnerabilidad de los edificios frente a las inundaciones.
https://ebroresilience.com/wp-content/uploads/2018/12/guia_inundaciones_completa_22jun.pdf
b) Guía para la evaluación de la resiliencia de los núcleos urbanos frente al riesgo de inundación: redes, sistemas urbanos y otras infraestructuras.
c) Recomendaciones para la construcción y rehabilitación de edificaciones en zonas inundables.
d) Guía de sistemas urbanos de drenaje sostenible.
e) Guía de Adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrícolas y ganaderas.
f) Las inundaciones en el sector agrícola y ganadero.
g) Buenas prácticas en actuaciones de conservación, mantenimiento y mejora de cauces.
h) Guía técnica de apoyo a la aplicación del Reglamento de Dominio Público Hidráulico en las limitaciones a los usos del suelo en las zonas inundables de origen fluvial.
i) Guías de adaptación y folletos informativos.