Microempresas y autónomos podrán solicitar bono digital de 3.000 euros a partir del 14 de junio
- El 14 de junio a partir de las 11 horas, se abre el formulario para que las microempresas y autónomos/as del segmento III del programa Kit Digital, de entre 0 y menos de 3 empleados, puedan solicitar el bono de 3.000 euros y los ya beneficiarios de la cuantía anterior, los 1.000 euros adicionales.
- Se incorpora una nueva categoría de solución para el segmento III, Puesto de Trabajo Seguro, que incluye un dispositivo portátil o de sobremesa con monitor.
Red.es ha publicado una resolución de modificación parcial de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III) que incluye novedades respecto a la convocatoria del mismo segmento que se publicó el 12 de octubre de 2022. Estas modificaciones no son aplicables a las comunidades de bienes, sociedades civiles profesionales, sociedades civiles con actividad mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida que pertenezcan al segmento III.
La cuantía de la ayuda para este segmento de empresas será de 3.000 euros.
El formulario para solicitarlos estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es) y se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.
Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital (https://www.acelerapyme.gob.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme) , y solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).
Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por el importe anterior, de 2.000 euros, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es. El plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.
Las ayudas se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Se ha creado una nueva categoría de solución, puesto de Trabajo Seguro, las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad, presencia avanzada en internet, Marketplace y la nueva solución «Puesto de trabajo seguro»
La cuantía máxima subvencionable para la solución «Puesto de trabajo seguro» es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa con monitor, que deberán cumplir los requisitos que se recogen en la orden de bases.
La solución «Puesto de trabajo seguro» se presta en modo servicio, incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad,
además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
En el caso de la solución de Puesto de Trabajo Seguro, una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo. Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo, pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad.
Las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo.
Se puede consultar la resolución parcial de la tercera convocatoria en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-B-2024-21779