Nuevos límites de dietas exentas por kilometraje
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del IRPF, establece que estarán exentas las dietas y asignaciones para gastos de viaje, excepto los de locomoción y los normales de manutención y estancia en establecimientos de hostelería con los límites que reglamentariamente se establezcan.
La dieta exenta para los gastos de transporte privado se incrementa con efectos desde el 17 de Julio de 2023 a 0,26 euros por kilómetro recorrido (hasta esta fecha el importe era de 0,19 euros). A este importe se le sumarán los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen. Para que sea aplicable la exención se recuerda que será necesario que el trabajador se desplace fuera de la fábrica, taller, oficina o centro de trabajo, para realizar su trabajo en lugar distinto.
También se incrementa a 0,26 euros el kilómetro recorrido el importe por el que podrán minorar sus ingresos (para la determinación del rendimiento neto) quienes presten sus servicios en el ámbito de una relación laboral especial dependiente, cuando los gastos no les sean resarcidos específicamente por la empresa.
En cuanto a la regulación del resto de dietas, entre ellas la de mantención, no sufre modificaciones.
Ver texto completo Orden HFP/792/2023