Federación de Empresas de la Rioja

Modificaciones de la Reserva de Capitalización en el I.Sociedades

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de Enero de 2024:

  1. Se incrementa el porcentaje aplicable para la determinación del importe de la reducción pasando del 10% al 15%.
  2. Los años de mantenimiento del incremento de los fondos propios se reduce de cinco a tres años. Debido a este descenso, el plazo de indisponibilidad de la reserva que se debe dotar, también se reduce a tres años.

Régimen transitorio

El nuevo plazo resulta de aplicación respecto del incremento de fondos propios y de las reservas de capitalización dotadas cuyo plazo de mantenimiento e indisponibilidad, respectivamente, no haya expirado al inicio del primer periodo impositivo que comience a partir del 1 de Enero de 2024.

Ver Artículo 4 Dos y Tres del RDL 4/2024 de 26 de junio (BOE 27/6/24)

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