Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 6/2025 - Convocatoria de ayudas “Programa Cheque de innovación – economía circular“

Actuación 1.Estudios de viabilidad para la incorporación de modelos de economía circular.

 

a) Beneficiarios

 

Empresas con establecimiento operativo en La Rioja.

Los beneficiarios deberán estar dados de alta en el Censo de Actividades Económicas en La Rioja en el momento del cierre de la convocatoria.

Excluidas: Sociedades civiles (excepto SAT); Comunidades de Bienes; Sector de la producción agrícola primaria, salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas.

b) Actuación subvencionable:

Será subvencionable la realización de un estudio de viabilidad de carácter técnico económico que tenga

como objetivo innovar o transformar las prácticas actuales de la empresa solicitante para hacerlas más

circulares, y que evalúe todos los aspectos de un proyecto propuesto para garantizar su implementación

exitosa.

 

El estudio debe explorar la adopción potencial de al menos un modelo de negocio circular dentro de la

empresa, de los siguientes tipos de modelos de negocio circular elegibles:

  • Cadena de suministro circular: Optimización del uso de recursos mediante la sustitución de materiales no sostenibles por alternativas de base biológica, recuperadas, reutilizadas o recicladas.
  • Economía colaborativa: Mejora de la utilización de recursos mediante modelos de uso compartido, acceso o propiedad colaborativa.
  • Producto como servicio: Aumento de la productividad de los recursos ofreciendo soluciones orientadas a resultados, en las que los clientes pagan por los beneficios que proporciona un producto en lugar de poseerlo.
  • Extensión de la vida útil del producto: Prolongación de la vida útil de los productos a través de la reparación, el mantenimiento, las actualizaciones, la reventa o la remanufactura.
  • Renovación, reacondicionamiento o refabricación de productos: Modelos de negocio orientados a la renovación, reacondicionamiento de productos o refabricación para ser restaurados a una condición útil para el mismo propósito y con al menos características similares de calidad y desempeño.
  • Recuperación y reciclaje: Recuperación de materiales utilizables o energía a partir de residuos o subproductos

 

c) Costes subvencionables

Podrán subvencionarse los costes de consultoría experta externa necesarios para la realización de los estudios de viabilidad, con un coste máximo subvencionable de 14.500 euros.

Solo será subvencionable un estudio de viabilidad por beneficiario.

 

d) Modalidad participación: individual.

 

e) Subvención

 

La intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 70%.

 

No obstante, la intensidad de la ayuda será del 85% si se cumple:

  • Beneficiaria Startup o empresa emergente
  • La consultoría se presta por universidad, centro tecnológico y/o de investigación, clúster o AEI, con centro de trabajo en La Rioja.

 

Actuación 2. Proyectos piloto o demostradores de transición hacia la economía circular

 

a) Beneficiarios

 

Empresas, así como Universidades, Centros Tecnológicos y de investigación, Clusters, Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI), con centro de trabajo operativo en La Rioja.

Los beneficiarios deberán estar dados de alta en el Censo de Actividades Económicas en La Rioja en el momento del cierre de la convocatoria.

Excluidas: Sociedades civiles (excepto SAT); Comunidades de Bienes; Sector de la producción agrícola primaria, salvo si transforman y/o comercializan al por mayor los productos agrícolas.

b) Actuación subvencionable:

Será subvencionable la realización de proyectos piloto y de demostración que tengan como objetivo implementar al menos una de las medidas concretas de transición hacia la circularidad mediante la adopción de tecnología, el diseño de productos circulares o la introducción de nuevos productos, procesos o servicios. Los proyectos deben centrarse en la creación de prototipos, pruebas piloto y la implementación de nuevos procesos, soluciones y sistemas de negocio.

 

Los proyectos piloto o demostradores se enfocarán en las siguientes actuaciones subvencionables:

  • Desarrollo de un nuevo modelo de economía circular o la introducción de nuevos productos, procesos o servicios novedosos para el modelo de negocio principal de la entidad solicitante y que mejoren su circularidad, orientados a alguno o algunos de los objetivos detallados en la convocatoria.
  • Adopción de diseño circular en producto, proceso o servicio con la identificación de oportunidades de optimización y desarrollo o prueba de un prototipo orientados a alguno o algunos de los objetivos detallados en la convocatoria.
  • Adopción de tecnologías para para aumentar la circularidad que reduzcan significativamente el consumo de recursos y/o la generación de residuos y subproductos, con el objetivo de su integración con éxito en los procesos de la entidad solicitante, orientados a alguno o algunos de los objetivos detallados en la convocatoria.

Los proyectos de la presente actuación deberán incluir, como actividad obligatoria y subvencionable, el cálculo de la reducción de huella de carbono provocada por la implementación de las actuaciones llevadas a cabo.

 

c) Costes subvencionables

  • Consultoría experta externa.
  • Costes de personal propio, máximo 20% de gastos de personal de la entidad.
  • Activos necesarios vinculados a la medida concreta de circularidad.
  • Otros gastos en pruebas y análisis específicos.

No serán subvencionables los proyectos con solo costes de consultoría externa y/o personal.

 

d) Modalidad participación: individuales (proyectos individuales) o en cooperación (proyectos colectivos).

 

e) Subvención

 

  • 70% en proyectos individuales con carácter general.
  • 80% en proyectos individuales si se cumple:
    • Beneficiaria Startup o empresa emergente, universidad, centro tecnológico y/o de investigación, clúster o AEI
    • A costes de consultoría externa, si se presta por universidad, centro tecnológico y/o de investigación, clúster o AEI, con centro de trabajo en La Rioja.
  • 85% en proyectos colectivos.

 

Costes máximos: consultoría externa 14.500€; costes de personal 16.000€; otros gastos 14.500€.

 

OTROS REQUISITOS

 

Cada solicitud de ayuda podrá incluir solamente una única actuación subvencionable.

 

El gasto y/o inversión mínima subvencionable por solicitud será de 5.000 euros.

 

La subvención máxima total asignada a cada beneficiario, con independencia del número de solicitudes, y de las actuaciones subvencionables, no excederá de 30.000 euros en la presente convocatoria.

 

En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables, las facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300 euros (IVA excluido).

 

No serán subvencionables los costes concertados con personas/entidades vinculadas con el beneficiario ni las inversiones financiadas con leasing.

 

IMPORTANTE

 

Sólo serán subvencionables los gastos que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

 

SOLICITUDES

 

Toda la tramitación deberá realizarse de forma telemática. 

 

Antes de presentar la solicitud, se deberá obtener la credencial que será única por beneficiario y expediente de préstamo.

 

Esta credencial se obtendrá a través de la firma digital, en la sede electrónica de la ADER http://www.ader.es/sede-electronica/ y consta de: Número de solicitud, Usuario y Contraseña. 

 

La obtención de esta credencial no implica la presentación de la solicitud. Esta se realizará a través de la cumplimentación completa y envío del formulario correspondiente, al que se accede en todo momento a través de los datos de la credencial.

 

Posibilidad de aprobación y abono en fase única

 

Si la empresa ha finalizado las inversiones, se podrán acumular las fases de concesión de la subvención y de abono. En este caso, el beneficiario deberá presentar junto con la solicitud y documentación de la subvención, la documentación de justificación indicada en el apartado 7 de la Convocatoria.

 

PLAZO DE SOLICITUD

 

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de Julio de 2025 a las 14.00 horas.

 

Serán subvencionables los costes correspondientes realizados a partir del 1 de Enero de 2025 incluido.

 

NORMATIVA

 

Bases reguladoras Orden EIE/69/2024, de 27 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial “Programa Cheque de Innovación”, en régimen de concesión directa.

 

Convocatoria 2025. Resolución de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja por la que se aprueba la convocatoria 2025 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial – Programa Cheque Innovación-“Economía Circular”, en régimen de concesión directa.

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