Respuesta de la UE a los aranceles de EEUU.
Si te ves afectado por esta medida todavía en preparación, contacta con el Dpto. Internacional de la FER.
Listado de productos que pueden ser objeto de incremento de derechos de importación desde Estados Unidos a la UE. Ver listado
La Comisión ha abierto un periodo de consultas a las partes afectadas al que se puede acceder en el siguiente enlace, y que sólo está disponible en inglés https://policy.trade.ec.europa.eu/consultations/information-gathering-notice-under-regulation-eu-no-6542014-new-us-tariffs-steel-and-aluminium_en , que durará hasta el 26 de marzo a las 12:00 h, hora de Bruselas. A este periodo le seguirá la consulta a los Estados miembros.
La Comisión prevé que estas nuevas medidas se aprueben a mediados de abril.
La Comisión Europea ha anunciado su respuesta arancelaria a las barreras comerciales impuestas por la Administración del presidente Trump a determinados productos europeos.
La Comisión propone aplicar derechos de importación adicionales a un largo listado de productos de origen estadounidense que se importen en la Unión. La propuesta de la Comisión se estructura a través de dos medidas.
REACTIVACIÓN DE LOS DERECHOS ADICIONALES IMPUESTOS EN 2018 Y 2020
La Comisión se dispone a reactivar los derechos adicionales impuestos en 2018 y 2020 a productos de origen estadounidense, en respuesta a los aranceles adoptados entonces por EE. UU. sobre el acero y aluminio europeos. En aquel momento, la Unión estableció derechos adicionales sobre los productos de acero y aluminio estadounidenses, pero también sobre determinados productos alimenticios, textiles, algunas bebidas espirituosas, tabaco o motocicletas. Estas medidas se estructuraron en dos fases, pero la segunda —que suponía el gravamen de nuevos productos y el incremento de derechos para algunos de los productos impuestos en primera fase— nunca llegó a aplicarse debido a su suspensión en 2021.
La Comisión anuncia que volverían a entrar en vigor a partir de 1 de abril de 2025, lo que a priori implicaría que, ahora sí, los derechos adicionales de la segunda fase se lleguen a aplicar.
IMPOSICIÓN DE DERECHOS ADICIONALES A NUEVOS PRODUCTOS
El listado inicial de productos, que podrá revisarse tras el periodo de consultas, comprende:
− Un amplio listado de productos del sector agroalimentario: por ejemplo, productos cárnicos y lácteos; aceites; frutas y verduras; tés, cafés y especias; azúcar y harinas; algunos mariscos; bebidas no alcohólicas, vinos y bebidas espirituosas; y alimentación para animales.
− Tabaco y otros productos que contengan nicotina.
− Diversos productos y manufacturas de plástico y caucho.
− Productos de madera.
− Metales y minerales, así como productos derivados.
− Productos químicos y productos de limpieza.
− Decoración y menaje para el hogar.
− Maquinaria y equipos para construcción y agricultura.
− Productos electrónicos y ópticos.
− Cosméticos y perfumes.
− Productos textiles y marroquinería; calzado.
− Piedras preciosas y artículos de joyería.
Ambas medidas se basan en el Reglamento (UE) n.° 654/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, sobre el ejercicio de los derechos de la Unión para aplicar y hacer cumplir las normas comerciales internacionales (en particular, las de la Organización Mundial del Comercio).