Seguro de rentas vitalicias. Invirtamos nuestro patrimonio
SEGURO DE RENTAS VITALICIAS. INVIRTAMOS NUESTRO PATRIMONIO
Todas las semanas podemos leer noticias o columnas reflexionando sobre el momento de la jubilación, dentro del ámbito de la previsión social, haciendo referencia a que un alto porcentaje de los españoles no disponen de ahorros, más allá de su pensión pública.
Los españoles han ahorrado y ahorran, sí, pero al contrario que en muchos países, las familias han canalizado estos ahorros hacia la compra de inmuebles.
El 82% de las familias son propietarias de la vivienda donde residen, mientras que el 40%, es propietaria de al menos, otro inmueble, viviendas, locales, garajes…
En el momento de la jubilación, están las personas que pasan a disponer únicamente como fuente de ingresos de la pensión de jubilación, pero también están las personas que han gestionado un ahorro, invirtiendo en alguno de los diversos productos de seguro que hay actualmente. Pero….., ¿qué ocurre si esos ahorros se agotan?, que pasan a formar parte del primer grupo, teniendo como único recurso la pensión pública, lo que les puede generar un importante problema.
Para evitar llegar a esa situación, existe otro tipo de renta que complementaría la pensión pública. Esa fuente de ingresos se llama renta vitalicia asegurada.
El seguro de rentas vitalicias es una modalidad de los seguros de vida-ahorro en la que la entidad aseguradora, a cambio de una prima única, garantiza al asegurado una renta periódica, que puede ser mensual, hasta su fallecimiento.
En la actualidad, las rentas vitalicias aseguradas están ganado terreno como sistema de previsión complementario. Sobre todo en el tramo de personas mayores de 65 años, que transforman el dinero logrado con la venta de algún elemento patrimonial (una segunda vivienda, fondos de inversión, acciones, etc.), en una fuente garantizada de ingresos de por vida.
La contratación de rentas vitalicias está en constante crecimiento, es un producto cada vez más relevante en términos de ahorro.
La posibilidad de que en caso de fallecimiento del beneficiario, su cónyuge siga percibiendo esa renta, así como los interesantes incentivos fiscales de los que gozan, hacen que sea un producto aún más atractivo.
ASESORÍA DE LA ASOCIACIÓN DE CORREDORES DE SEGUROS DE LA RIOJA
FER-ADECOR