Federación de Empresas de la Rioja

Despido Individual

Principales Modificaciones en el Despido Invidual como consecuencia de la aprobación de la Reforma Laboral 2012

Novedades sobre Despido Individual

INDEMNIZACIONES POR DESPIDO IMPROCEDENTE

En los casos en los que se despida al trabajador reconociendo la improcedencia del despido, se cambia la indemnización a cobrar, dependiendo de la fecha de celebración del contrato de trabajo

a) En caso de contratos de trabajo celebrados a partir del 13 de febrero de 2012, la indemnización por despido improcedente pasa a ser de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (720 días).

Ejemplo:

Un trabajador, contratado el día 1 de marzo de 2013, con un salario de 22.000 euros anuales es despedido por despido reconocido como improcedente 10 años después. Estableciendo que su salario base día son 60,27 Euros, la cuantía aproximada de la indemnización sería:

60,27 € x 33 días x 10 años = 19.889.10 €

b) En el caso de trabajadores cuyos contratos de trabajo se celebraran anteriormente al 12 de febrero, conservarán hasta dicha fecha sus derechos indemnizatorios por el tiempo en el que prestaran sus servicios a razón de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades. Sin embargo, a partir del 12 de febrero de 2012, todo el periodo de prestación de servicios que se realice desde dicha fecha será indemnizado a razón de 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades

Ejemplo:

Un trabajador, contratado el 12 de febrero de 2002, con un salario de 22.000 euros anuales, es despedido por despido reconocido como improcedente el 12 de febrero de 2014. Estableciendo que su salario base día son 60,27 Euros, la cuantía aproximada de la indemnización sería:

Servicios prestados antes del 12 de febrero de 2012:

60,27€ x 45 días x 10 años = 27.121,50 €

Servicios prestados después del 12 de febrero de 2012:

60,27€ x 33 días x 2 años= 3.977,82 €

Indemnización total: 27.121,50 + 3.977,82 = 31.099,32

En este  caso, el importe de la indemnización no podrá ser superior a 24 meses de salario (720 días), salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor del Real Decreto Ley (12 de febrero de 2012), ya hubiese un número de días superior, en cuyo caso, se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que se superen en ningún caso las 42 mensualidades de indemnización.

Existe además un cambio importante en la regulación de los salarios de tramitación. En el caso de que se llegue a juicio y se establezca en la sentencia que existe despido improcedente, en el plazo de cincos días desde la notificación de la misma, el empresario podrá optar por: (i) readmitir al trabajador, obteniendo derecho a los salarios de tramitación; o (ii) indemnizar al trabajador mediante la metodología establecida en los párrafos anteriores, teniendo efecto el despido desde la fecha de cese efectivo en el trabajo, es decir, se podrá abonar la indemnización correspondiente por despido improcedente, pero no existirán salarios de tramitación en este caso, con excepción de los delegados sindicales.

DESPIDO OBJETIVO

Existen dos modificaciones específicas en el texto:

- Para el despido por faltas de asistencia al trabajo se considerarán únicamente los datos de absentismo del empleado (antes se tomaban los datos de absentismo globales de la empresa.

- Se requiere como medida previa al despido por ineptitud sobrevenida, que el empresario ofrezca al trabajador un curso para facilitar la adaptación de las modificaciones en su puesto de trabajo. La extinción no podrá ser acordada hasta que transcurran dos meses desde que se introduzca la modificación del puesto de trabajo o desde que finalizó la formación.

FER - Federación de Empresas de La Rioja

Este sitio utiliza cookies propias y de terceros para fines analíticos anónimos, guardar las preferencias que selecciones y para el funcionamiento general de la página.

Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón "Configurar".

Puedes obtener más información y volver a configurar tus preferencias en cualquier momento en la Política de cookies