Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Laboral 28/2025 – Nuevas comunicaciones con el Instituto Nacional de la Seguridad Social

El pasado 26 de noviembre se publicó el Boletín de Noticias Red 11/2025, donde se establecen dos nuevas comunicaciones entre las empresas usuarias del Sistema RED y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

 

  1. Comunicación “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones”

En este caso la comunicación debe realizarla la empresa en relación con la gestión de los procesos de incapacidad temporal.

Las empresas usuarias deben comunicar al INSS los campos “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones” a través del fichero FDI y del servicio “Incapacidad Temporal Online” disponible en el Sistema RED Online.

Esta información es imprescindible para la adecuada valoración médica de los procesos de IT, y para un pronunciamiento médico más adecuado sobre el mantenimiento o el alta médica del proceso de IT.

  • Las validaciones técnicas de los campos a remitir son las siguientes:

Puesto de trabajo: Debe llevar contenido, de al menos 4 caracteres, y no se permitirá que se rellene sólo con números o símbolos. De no cumplir con estas validaciones, se devolverá el error 158 “PUESTO DE TRABAJO OBLIGATORIO”.

Descripción de funciones: Debe llevar contenido, de al menos 15 caracteres, y no se permitirá que se rellene sólo con números o símbolos. De no cumplir con estas validaciones, se devolverá el error 159 “DESCRIPCION FUNCIONES OBLIGATORIO”.

Siempre que el INSS haya recibido dicha información de manera adecuada, podrá trasladarla a la Mutua colaboradora responsable del proceso y al correspondiente Servicio Público de Salud, con el fin de que los facultativos competentes puedan evaluar la situación clínica de la persona trabajadora en función de las exigencias del puesto de trabajo, contribuyendo así a un control más riguroso y ajustado del proceso de incapacidad temporal.

El incumplimiento de esta obligación por parte de las empresas podrá constituir una infracción administrativa, conforme a lo establecido en el artículo 21.4 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

 

  1. Base reguladora de Incapacidad Temporal

Esta segunda comunicación la realiza el INSS. A partir del 2 de diciembre de 2025, comenzará a comunicar la Base Reguladora (BR) de la prestación por Incapacidad Temporal (IT) a través del Fichero INSS Empresas (FIE) y del Servicio FIER, independientemente de la entidad responsable del pago de la prestación económica (hasta ahora, esta información solo se transmitía cuando el INSS era la entidad de cobertura de la contingencia correspondiente).

  • Detalles técnicos:

La BR de IT calculada por el INSS se incluirá en los campos 1195, 1196 y 1197 del segmento IT2 del mensaje FIE.

Esta modificación no implica cambios en la estructura de segmentos y campos del mensaje FIE.

Las instrucciones técnicas están disponibles en la web de la Seguridad Social. MENSAJE FIE

  • Frecuencia de cálculo y envío

La BR de IT se calcula mensualmente, una vez que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) consolida las bases de cotización. Por ello, alrededor del día 12 o 13 de cada mes, se enviarán más registros de lo habitual a través del Fichero FIE.

  • Alcance y carácter informativo

La BR de IT comunicada por el INSS tiene, por el momento, carácter informativo y será revisable en determinados supuestos.

Se incluirán las BR de IT correspondientes a:

  1. Régimen General, incluyendo:

Sistema Especial de Empleados del Hogar

Trabajadores Agrarios por Cuenta Ajena

Sistema Especial de Frutas y Hortalizas

  1. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar (solo por cuenta ajena)

No se incluirán las BR de IT de: Profesionales Taurinos; Artistas; Trabajadores por cuenta propia (RETA o RETAMAR); Régimen Especial de los Trabajadores del Carbón

  • Gestión de discrepancias

En caso de discrepancias entre la BR de IT informada por el INSS y la calculada por la empresa, se podrá realizar la consulta a través del aplicativo ACRASS, utilizando el nuevo tipo de incidencia: “BRIT – Base Reguladora IT”.

 

 

Para mayor información pueden consultar al área laboral del departamento de Asesorías de la Federación de Empresas de La Rioja mediante el teléfono 941 271 271, o a los correos pedro.asesorias@fer.es y claudia.asesorias@fer.es

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