Convocatoria de ayudas. Programa DUS 5000, para actuaciones de autoconsumo y eficiencia energética en edificios públicos
Abre plazo el 05 de noviembre
Programa DUS 5000, para actuaciones de autoconsumo y eficiencia energética en edificios públicos: Las solicitudes de ayudas pueden presentarse a partir de las 13:00h. del día 5 de noviembre.
La concesión de estas ayudas se efectuará por riguroso orden de presentación.
Enlace aquí al Real Decreto que las regula.
Para más información podéis dirigiros a: https://www.idae.es/contacto
El programa de ayudas DUS 5000 va dirigido a las entidades que, cumpliendo los requisitos indicados en las bases, ejecuten proyectos singulares locales de energía limpia en estos municipios.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2 de las bases que rigen la convocatoria, se facilita, con carácter informativo, listado (en formato Excel) de los municipios de reto demográfico donde podrán realizarse las inversiones subvencionables correspondientes. Este listado queda supeditado expresamente a las publicaciones del INE y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como fuentes oficiales para la determinación de las cifras de habitantes y del carácter «no urbano» de los municipios de reto demográfico.
Se podrán añadir, en su caso, los nuevos municipios que pudieran cumplir estos requisitos de reto demográfico tras las revisiones y actualizaciones que puedan ser publicadas en ambas fuentes oficiales con posterioridad y mientras permanezca vigente el programa de ayudas en los términos del artículo 4 de las citadas bases.
Puede acceder a más contenidos e información sobre el reto demográfico en la web de la Secretaría General para el Reto Demográfico siguiendo este enlace.
Actuaciones subvencionables
El programa se vertebra en distintas tipologías de inversión para ejecutar «proyectos singulares locales de energía limpia»: mejora de la eficiencia energética de edificios e infraestructuras, despliegue de generación renovable o impulso de la movilidad sostenible, todos ellos correspondientes a campos de intervención con una contribución climática del 100%, lo que se deberá conseguir, en todo caso, mediante una reducción de las emisiones de CO2, teniendo en cuenta el principio de «no causar un perjuicio significativo», conocido como principio DNSH (do not significant harm) a ninguno de los objetivos medioambientales que establece el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
Todas estas actuaciones que conforman los proyectos singulares de energía limpia se integran en estas cinco medidas, que se describen en el anexo técnico del real decreto:
- MEDIDA 1: Reducción de la demanda y el consumo energético en edificios e infraestructuras públicas.
MEDIDA 2: Instalaciones de generación eléctrica renovable para autoconsumo.
MEDIDA 3: Instalaciones de generación térmica renovable y de redes de calor y/o frío.
MEDIDA 4: Lucha contra la contaminación lumínica, alumbrado eficiente e inteligente, Smart Rural y TIC.
MEDIDA 5: Movilidad Sostenible
Se establece una inversión mínima de 40.000 € por proyecto, que no podrá superar los 3.000.000 €.
Reparto territorial de los fondos
Comunidad Autónoma |
Presupuesto (€) |
Comunidad Autónoma de Andalucía |
8.501.250 |
Comunidad Autónoma de Aragón |
5.546.250 |
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias |
1.260.000 |
Comunidad Autónoma de las Illes Balears |
798.750 |
Comunidad Autónoma de Canarias |
1.376.250 |
Comunidad Autónoma de Cantabria |
1.387.500 |
Comunidad de Castilla y León |
16.417.500 |
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha |
8.377.500 |
Comunidad Autónoma de Cataluña |
8.673.750 |
Comunidad Valenciana |
4.773.750 |
Comunidad Autónoma de Extremadura |
4.102.500 |
Comunidad Autónoma de Galicia |
5.692.500 |
Comunidad de Madrid |
1.578.750 |
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia |
236.250 |
Comunidad Foral de Navarra |
2.561.250 |
Comunidad Autónoma del País Vasco |
2.418.750 |
Comunidad Autónoma de La Rioja |
1.297.500 |
Total |
75.000.000 |
Para más información, consulte en IDAE