Ayudas destinadas a Pymes del sector industrial, comercio mayorista y de servicios (AFI)
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases Reguladoras las PYMES cuya actividad exclusiva o principal esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas C.N.A.E 2009:
B INDUSTRIAS EXTRACTIVAS.
C INDUSTRIAS MANUFACTURERAS, con excepción de las industrias agroalimentarias (Anexo I del Tratado CE).
G 45 Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
G 46 Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
H 49.41 Transporte de mercancías por carretera.
H 52 Almacenamiento y actividades anexas al transporte.
J 58 Edición.
J 62 Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
J 63 Servicios de información.
M 71.12 Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
M 71.2 Ensayos y análisis técnicos.
M 72 Investigación y desarrollo.
M 73 Publicidad y estudios de mercado.
M 74.10 Actividades de diseño especializado, salvo decoración de interiores.