Jornada sobre la notificación de los productos de ecológicos a granel en el comercio minorista
Los comercios minoristas que venden productos ecológicos no envasados (granel) al consumidor deben notificar su actividad en base a lo establecido en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2018/848 de 30 de mayo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (UE) 834/2017 del Consejo.
La FER ha celebrado una jornada sobre este tema, en el marco del acuerdo con el Ayuntamiento de Logroño, a través de la Oficina para el Desarrollo Económico de Logroño. La sesión la han presentado las secretarias de asociaciones de la FER, Adelaida Alútiz y Estíbaliz Ilarraza. Han participado en esta sesión Esperanza López Ubis, Jefa de Sección de Sostenibilidad Agraria y Viveros de la Dirección General de Agricultura y Ganadería del Gobierno de La Rioja y Silvia Gallo Alcalá, Directora Técnica del CPAER (Consejo de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja).
Se debe producir esta notificación o comunicación del comercio minorista cuando se produzcan (elaboradores) o comercialicen (comercio minorista) productos procedentes de la agricultura, incluida la acuicultura, que se comercialicen o vayan a comercializarse como ecológicos, y que son:
1º productos agrarios vivos o no transformados.
2º productos agrarios transformados destinados a ser utilizados para la alimentación humana.
3º piensos.
4º material de reproducción vegetativa y semillas para cultivo.
5º levaduras destinadas al consumo humano o animal.
6º Otros productos que incluye el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018.
Todos los comercios minoristas están obligados a realizar la comunicación al CPAER (Consejo de la Producción Agraria Ecológica de La Rioja) y este Consejo, tras el control que realiza, dirá al comercio si puede o no puede solicitar la exención de tener el certificado (es una exención sólo para comercializadores).