Subvenciones y Ayudas para Comercio Exterior
(Abierta la convocatoria)
OBJETO:
Potenciar la internacionalización de la empresa riojana.
PLAZO:
Hasta el 15 de Julio de 2022
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Exposición en ferias fuera del territorio nacional.
- Exposición en ferias de cáracter internacional en territorio nacional.
- Registro de marcas en el extranjero
- Visitas a ferias en el exterior
- Presentación a licitaciones internacionales
- Misiones comerciales realizadas con Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios
- Contratación de técnicos para el departamento de comercio exterior
- Viajes de prospección comercial
- Publicidad en medios de comunicación no nacionales
- Contratación de asesoramiento externo especializado en comercio exterior
- Contratación de asesoramiento externo para diseño de material promocional
- Contratación de asesoramiento externo para campañas de publicidad a través de agencias de publicidad.
- Contratación de asesoramiento externo pra el diseño de catálogos, fichas de productos o folletos informativos para fines publicitarioas.
- Contratación de asesoramiento externo para la realización de la imagen corporativa y el desarrollo del manual de la imagen corporativa de la empresa.
- Contratación de asesoramiento externo para la realización de diseño de envase y embalaje
- Formación en comercialización, marketing o idiomas no nacionales
BENEFICIARIOS
Pymes cuyo CNAE esté enmarcado en:
- a.1) Sección C. Industria Manufacturera. Cuando la empresa pertenezca al sector vitivinícola sólo serán subvencionables las actuaciones realizadas para marcas propias y amparadas en alguna de las marcas de calidad reguladas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural, Territorio y Población. En el caso de actuaciones genéricas se procederá al prorrateo de las mismas.
- a.2) Grupo 58.2. Edición de programas informáticos.
- a.3) Grupo 62.0. Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
- a.4) Grupo 71.1. Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
- a.5) División 72. Investigación y desarrollo.
- a.6) De la Sección G. Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas, exclusivamente aquellas empresas con una plantilla media de trabajadores por cuenta ajena en situación de alta a fecha 31 de diciembre de 2020 correspondiente a los códigos de cuanta de cotización de centros de trabajo en La Rioja igual o superior a 20 empleados y que su actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril):
- Grupo 461.- Intermediarios de comercio participados mayoritariamente por una pyme transformadora con domicilio social, fiscal y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja y que comercialicen mayoritariamente productos transformados por la empresa partícipe.
- Grupo 463.- Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- Grupo 464.- Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico.
- Grupo 465.- Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Grupo 466.- Comercio al por mayor de otra maquinaria, equipos y suministros.
- Grupo 467.- Otro comercio al por mayor especializado.
- a.7) De la Sección R. Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento, exclusivamente los siguientes grupos:
- Grupo 900.- Actividades de creación, artísticas y espectáculos.
- Grupo 932.- Actividades recreativas y de entretenimiento.
GRANDES EMPRESAS
Cuya actividad esté incluida en alguno de los epígrafes de la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) enunciados en el apartado a). Únicamente podrán acogerse a las actuaciones subvencionables previstas en los apartados a), b), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 4.1 de la Orden DEI/16/2018.
Excepción: En el caso de empresas que participen en programas específicos promovidos por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, será subvencionable cualquier actividad recogida en los epígrafes de la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril).
INTENSIDAD DE LA AYUDA
• Contratación de técnicos para comercio exterior: 50% del salario bruto (máximo de 12 meses desde la fecha del contrato hasta el 31/12/2022)
• Resto de actuaciones subvencionables: el porcentaje de subvención será del 35%.
• Subvención máxima para las grandes empresas: 30.000 euros.
• Excepciones a estos porcentajes:
- Empresas acogidas a programas específicos promovidos por Ader: +10 % adicional.
- Viajes de prospección comercial encuadrados en programas específicos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja: 50% de los importes de inversión de las bolsas de viaje recogidas en el anexo de la presente convocatoria.
• El porcentaje máximo de subvención no superará el 50% ni los límites máximos establecidos para cada actuación subvencionable.
PARA MÁS INFORMACIÓN: