Ayuntamiento de Logroño - Convocatoria de concesión subvenciones para la creación de nuevas iniciativas económicas y consolidación empresarial en el término municipal de Logroño 2026
Para qué es la ayuda
La finalidad de la subvención es financiar la creación de microempresas que inicien una actividad económica en el término municipal de Logroño, configurándose como una línea ágil y sencilla que apoye al emprendedor en el inicio de su actividad económica.
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● Plazo de presentación Apertura el 18/03/2026 y cierre el 30/06/2026 |
Fondos 38.000€ |
Ámbito La Rioja |
Quién puede pedirla
Los beneficiarios de la ayuda son:
- Empresarios individuales o agrupaciones de estos (sociedades civiles).
- Sociedades mercantiles.
- Entidades de economía social.
Se considerará microempresa a aquellas que tengan menos de 10 empleados y un volumen de negocios anual cuyo balance general no supere los dos millones de euros.
Plazos que existen para la solicitud
Desde las 9:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja y hasta las 14:00 horas del día 30 de junio de 2026.
Líneas
1. Línea 1: Nuevas Iniciativas
- Modalidad A: "Nueva Iniciativa"
- Destinada a financiar la creación de microempresas que inicien una actividad económica y se instalen en el término municipal de Logroño.
En qué consiste la ayuda
La cuantía individual de las ayudas es la siguiente:
- Tipo de ayuda: Subvención.
- Cuantía máxima por beneficiario: 38.000 euros.
No se especifican condiciones adicionales, porcentajes, o escalas en el texto proporcionado.
Qué gastos o acciones me cubre
Gastos y actuaciones subvencionables en la convocatoria:
1. **Categorías de gastos subvencionables**:
- **Creación de microempresas**: Gastos relacionados con la iniciación de una actividad económica por parte de microempresas que se instalen en el término municipal de Logroño.
2. **Ejemplos y condiciones**:
- Se considera microempresa aquella que tenga menos de 10 empleados y un volumen de negocios anual cuyo balance general no supere los dos millones de euros, de acuerdo con el Reglamento (UE) No 651/2014.
BDNS: 89292