Boletín de Información Laboral 20/2023 – Convocatoria de subvenciones para el año 2023 y 2024, contratación indefinida de personas con discapacidad
El martes 9 de Mayo de 2023 ha sido publicada en el BOR la Resolución 1593/2023, de 3 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, de aprobación de gasto y la correspondiente convocatoria de subvenciones para el año 2023 y 2024, destinadas a la contratación indefinida de personas con discapacidad en la empresa ordinaria, en aplicación de la Orden DEA/64/2022, de 17 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación indefinida de personas con discapacidad en la empresa ordinaria.
- Beneficiarios
Los beneficiarios de esta orden son las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario, cuyo centro de trabajo radique en La Rioja, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente orden para cada modalidad de ayudas.
Las Cooperativas de Trabajo Asociado y las Sociedades laborales que incorporen a trabajadores y trabajadoras con discapacidad como socios y socias cuyo centro de trabajo radique en La Rioja, que cumplan con lo establecido en la Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja, además de los requisitos establecidos en la presente orden para cada modalidad de ayudas.
- Destinatarios
Los destinatarios finales de las actuaciones reguladas en esta orden, y siempre que cumplan con los requisitos específicos establecidos para cada una de ellas, son las personas con discapacidad y las personas con capacidad intelectual límite, desempleadas, entendiéndose como tales, a los efectos de esta orden, las personas demandantes de empleo y servicios, en situación laboral de no ocupadas registradas en los servicios públicos de empleo, empadronadas en La Rioja.
- Actuaciones subvencionables
Las actuaciones subvencionables para fomentar la inserción laboral de las personas con discapacidad se articulan en (i) la subvención por contratación o transformación indefinida y (ii) la subvención por adaptación de puestos de trabajo.
- Requisitos y obligaciones
Se deberá cumplir con los requisitos y obligaciones recogidos en la Orden DEA/64/2022, de 17 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación indefinida de personas con discapacidad en la empresa ordinaria.
En este sentido, se debe poner especial atención en lo dispuesto en los artículos 8 y 22, que regulan cuestiones tales como el requisito de incremento neto en su plantilla fija del número de personas contratadas con carácter indefinido, la obligación de mantenimiento del puesto subvencionado durante un periodo de un año al menos a partir de la fecha de transformación o contratación indefinida, el cumplimiento con la normativa relativa al plan de igualdad y cuotas de discapacidad en las empresas de 50 o más trabajadores y otras cuestiones como que las empresas solicitantes de la subvención deberán previamente a la contratación solicitar la oferta de empleo a la correspondiente oficina de empleo…
En cualquier caso, recomendamos que se estudien detenidamente cada uno de los requisitos y obligaciones regulados en dicha Orden para cada una de las modalidades de actuación subvencionable.
- Documentación
- Documento normalizado Solicitud de contratación
- Relación de personas trabajadoras indefinidas en la empresa en el año anterior a la fecha de la contratación indefinida por la que se solicita subvención y relación de las personas trabajadoras indefinidas que han causado baja, según la relación de causas de baja indicada en el artículo 22.1 de la orden reguladora, durante el año anterior a la contratación subvencionada, así como el documento justificativo de dichas bajas.
- Vida laboral de la empresa en la fecha que se realiza la contratación indefinida por la que se solicita subvención y vida laboral de la empresa el mismo día del año anterior al contrato, según lo dispuesto en el artículo 22.1 de la orden reguladora.
- En caso de contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite, acreditación del servicio competente en materia de valoración de la discapacidad, del dictamen de persona con discapacidad intelectual límite superior o igual al 20 % e inferior al 33%.
- En caso de baja de la persona trabajadora con discapacidad subvencionada: Anexo II - Documento de comunicación de la baja por parte de la empresa
- En caso de solicitud de subvención por la contratación o transformación en fijo discontinuo: censo anual de personal fijo discontinuo conforme a lo dispuesto en el artículo 16.5 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La Dirección General competente en materia de empleo consultará a las diferentes Administraciones Públicas y obtendrá directamente la información legalmente pertinente para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener la subvención, incluida la de carácter tributario estatal y autonómico y la de la Seguridad Social, así como respecto a los Servicios de Verificación y consulta de Datos de Identidad, Plataforma de Intermediación SVD y las plataformas públicas de información a las que tenga acceso.
En el caso de que los solicitantes se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el apartado correspondiente que figure en la solicitud, debiendo aportar los Certificados originales de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y con la Comunidad Autónoma de La Rioja y al corriente en el cumplimento de sus obligaciones con la Seguridad Social, cuya validez deberá extenderse a la fecha de otorgamiento de la ayuda, así como documento NIF del solicitante y DNI/NIE del representante legal, junto con el NIF, resolución de discapacidad, empadronamiento, vida laboral, tarjeta de demanda de empleo y comunicación del contrato de trabajo de la persona trabajadora.
- Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja a la que puede acceder haciendo click aquí.
- Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes es del 10 de mayo de 2023 al 30 de noviembre de 2024.
El periodo a tener en cuenta para la actuación subvencionable, se corresponde con aquellos contratos o conversiones de contratos temporales en indefinidos y adaptaciones de puestos de trabajo celebrados desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2024.
No obstante, se recomienda revisar las bases reguladoras que vienen recogidas en la Orden DEA/64/2022, de 17 de octubre, así como la propia página del Gobierno de la Rioja en la que se recogen los términos de la convocatoria.
Los contactos de referencia de la Sección de Inserción Laboral y Desarrollo Local, asociados a esta gestión son los siguientes: 941 291 100 Ext. 33160 y 941 291 100 Ext. 35162.
En cualquier caso, y para cualquier duda que podáis tener al respecto, podéis contactar con la Asesoría Laboral de la FER a través del 941271271 o a través de los correos electrónicos pedro.asesorias@fer.es o diego.asesorias@fer.es