Finalización de las rebajas fiscales aplicadas al suministro de energía eléctrica desde el 1 de junio
De acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y 42 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, del que os hemos venido dando cuenta a través de distintas circulares, os informamos que desde el 1 de junio dejan de aplicarse las rebajas fiscales que venían afectando a determinados suministros eléctricos desde el pasado 22 de marzo.
Estas medidas, contemplaban la aplicación de un IVA reducido del 10 % para determinados consumidores eléctricos, principalmente aquellos con potencia contratada inferior a 10 kW, así como la reducción del Impuesto Especial sobre la Electricidad al 0,5 %.
Aunque estas medidas tenían una vigencia inicialmente prevista hasta el próximo martes 30 de junio de 2026, los artículos citados anteriormente recogían la posibilidad de que dejaran de aplicarse en junio si, conforme a los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, la variación del IPC de la electricidad en abril no superaba en más de un 15 % el IPC del mismo mes del año anterior. Al cumplirse dicha condición, las rebajas fiscales han dejado de ser de aplicación de forma automática desde el lunes 1 de junio de 2026.
En consecuencia, el IVA vuelve al tipo general, pasando del 10% al 21% y el Impuesto Especial sobre la Electricidad recupera su tipo ordinario, pasando del 0.5% al 5,11 %, lo que se reflejará en las próximas facturas eléctricas, con un impacto que dependerá del consumo, la potencia contratada, la tarifa y el periodo facturado.