Aplazamientos y/o fraccionamientos del pago de deudas derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos
De acuerdo al Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de COVID-19 publicado en el BOE el 21 de Abril de 2021 se permite a los obligados al pago de deudas de naturaleza pública, no tributarias ni aduaneras, derivadas del reintegro y/o reembolso de ayudas o de préstamos concedidos por la Administración General del Estado solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento de las mismas, durante los ejercicios 2021 y 2022. Se podrá solicitar, siempre y cuando la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 y las medidas adoptadas para controlar su propagación, hayan provocado periodos de inactividad del obligado al pago, reducción en el volumen de sus ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor.