Boletín de Información Económico Financiera 8/2023 - Recordatorio - Nuevos requisitos para obtener la condición de beneficiario de una subvención y pa
Recordatorio - Nuevos requisitos para obtener la condición de beneficiario de una subvención y para ser gasto subvencionable. Ley 18/2022
La Ley 18/2022 de 28 de septiembre de crecimiento y creación de empresas (publicada en el BOE de 29/9/22) supuso la modificación entre otros puntos, el artículo 3 bis y el apartado 2 del artículo 31 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
CONDICIÓN DE BENEFICIARIO
Se modifican las condiciones para ser beneficiarios de subvenciones, cuando la subvención sea superior a 30.000€.
En este caso no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las empresa que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La empresa deberá acreditar dicho cumplimiento según su tamaño:
- Para empresas que puedan presentar Cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada: Presentación de certificación suscrita por el órgano de administracion o equivalente, con poder suficiente de representación.
Esta certificación se presentará ante el órgano concedente de la subvención, previo requerimiento.
- Para empresa que NO puedan presentar Cuenta de Pérdidas y Ganancias abreviada:
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- En el caso de cuentas anuales auditadas de 2022 y ejercicios siguientes en las que en la memoria aparece la información sobre “Periodo medio de pago a proveedores” según la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010: Deberán presentar certificado emitido por el auditor.
Este certificado es válido hasta que resulten auditadas las cuentas anuales del ejercicio siguiente.
Este certificado de auditor indicará que ha realizado procedimientos para obtener evidencia de la corrección de los datos de la memoria.
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- En el caso de cuentas anuales auditadas de 2022 y ejercicios siguientes en las que en la memoria NO aparece la información sobre “Periodo medio de pago a proveedores” según la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010 o de ésta se deduce incumplimiento: Deberán presentar “Informe de Procedimientos Acordados” elaborado por auditor.
Este certificado tiene una validez de 6 meses desde la fecha de referencia.
El trabajo consistirá en el análisis de una muestra representativa de facturas pendientes de pago, debiendo alcanzar un cumplimiento de plazos mínimo del 90%.
Se recuerda que las empresas podrán presentar Cuenta de Pérdidas y Ganancias Abreviada cuando durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos, dos de las circunstancias siguientes:
- Total activo < 11.400.000 €
- Importe neto de la cifra de negocios < 22.800.000 €
- Número medio de trabajadores < 250
GASTO SUBVENCIONABLE
En el caso de las subvenciones sujetas la Ley General de Subvención o cuya convocatoria remita a ella en cuanto al cumplimiento de las condiciones, para que un gasto se considere subvencionable, debe haberse abonado en los plazo previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación, o en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre.
Esta condición será independiente del importe de la subvención.
Los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre serán:
Artículo 4 Determinación del plazo de pago
1. El plazo de pago que debe cumplir el deudor, si no hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, será de treinta días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad.
Los proveedores deberán hacer llegar la factura o solicitud de pago equivalente a sus clientes antes de que se cumplan quince días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o de la prestación de los servicios.
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3. Los plazos de pago indicados en los apartados anteriores podrán ser ampliados mediante pacto de las partes sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales