Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 2/2022 - PLAN RESCATE COVID-19 – PLAN DE OCIO NOCTURNO 2022

BENEFICIARIOS

 

Autónomos y empresas que desarrollen alguna de las actividades siguientes en locales ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja:

 

  • Bares, exclusivamente aquellos tipificados como bares especiales que cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 7.1.G) del Decreto 47/1997, de 5 de septiembre, regulador de horarios de los establecimientos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja (en adelante, bares especiales). CNAE I 56.30 Establecimientos de bebidas.

 

  • Discotecas que dispongan de la correspondiente autorización o licencia municipal para el ejercicio de esta actividad, en la que se especifique el aforo máximo autorizado. CNAE R 90.04 Gestión de salas de espectáculos ó R 93.29 Otras actividades recreativas y de entretenimiento.

 

El solicitante de la subvención deberá coincidir con la persona física o jurídica autorizada para desarrollar la actividad de bar especial o de discoteca en el local correspondiente.

 

 

CONCEPTO SUBVENCIONABLE

 

Será subvencionable la limitación de las actividades económicas de bares tipificados como especiales y discotecas motivada por la medida de cierre anticipado dispuesta en el punto 1.1 del apartado Primero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de diciembre de 2021, por el que se adoptan medidas sanitarias preventivas complementarias a las vigentes para la prevención de la COVID-19 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 253, de 28 de diciembre de 2021, mediante resolución 62/2021, de 28 de diciembre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud.

 

 

BENEFICIOS

 

De acuerdo con la actividad realizada, los beneficios serán:

 

  • En el caso de bares especiales: 3.000,00 euros por local autorizado.

 

  • En el caso de discotecas:

 

 

    • Cuando el aforo sea inferior a 600 personas: 15.000,00 euros por local autorizado.
    • Cuando el aforo sea igual o superior a 600 personas: 22.000,00 euros por local autorizado.

 

La subvención se concederá por local, independientemente de las autorizaciones o licencias que el local disponga.

 

 

OTROS TEMAS

 

Solo se admitirá una solicitud por beneficiario, y en ella se incluirán todos los locales autorizados (bares o discotecas) susceptibles de ayuda.

 

Las empresas deberán haber desarrollado la actividad económica subvencionada y estar de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas con anterioridad al 28 de diciembre de 2021, debiendo permanecer en esta situación ininterrumpidamente desde dicha fecha hasta el día de la concesión de la subvención.

 

 

La concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía total máxima establecida en la convocatoria (390.000 euros para bares especiales y 210.000 euros para discotecas). A estos efectos, la resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para cada tipología. Si una vez resueltas todas las solicitudes de ayuda correspondientes a ambas tipologías de actividades resultara crédito sobrante en alguna de ellas, se podrá utilizar para atender en orden de entrada las solicitudes de la tipología deficitaria, en su caso.

 

 

SOLICITUDES

 

Las solicitudes se presentarán de forma telemática en el siguiente enlace: Solicitar ayudas

 

 

PLAZO DE SOLICITUD

 

El plazo de solicitud finaliza el lunes 21 de Marzo de 2022 a las 14:00 horas

 

 

NORMATIVA:

 

Bases Reguladoras: Orden DEA/68/2020, de 20 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, para el Plan de Rescate Covid-19, en régimen de concesión directa, al amparo del "Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de Covid-19" (BOR nº 157 de 23 de Noviembre de 2020)

 

Modificación de las bases reguladoras. Resolución de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja por la que se amplía el gasto asignado a la convocatoria de las subvenciones destinadas al Plan de Rescate COVID-19, en régimen de concesión directa.

 

Convocatoria 2022 Resolución de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja por la que se aprueba la convocatoria 2022 de las subvenciones del Plan de Rescate COVID-19, PLAN OCIO NOCTURNO 2022, en régimen de concesión directa.

 

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