Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 3/2021 - SUBVENCIONES DIRECTAS DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE DINAMIZACION TURÍSTICA EN LOGROÑO

Con fecha 19 de Abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa destinadas al desarrollo de proyectos de dinamización turística en Logroño

 

 

BENEFICIARIOS

 

Personas físicas, personas jurídicas, instituciones o entidades legalmente constituidas que estén al corriente de su obligaciones tributarias y fiscales con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Logroño.

 

También deberán estar al corriente de sus obligaciones legales en materia tributaria, medioambiental, laboral, seguridad social, protección de menores, de prevención de riesgos laborales y de cualquier otra materia de aplicación en el desarrollo del proyecto objeto de subvención.

 

 

OBJETO

 

La dinamización de la actividad turística local mediante la celebración de eventos, actividades y experiencias de diferentes temáticas que, por su originalidad y dimensión, atraigan visitantes de otras comunidades o países.

 

La creación de productos o servicios turísticos innovadores y sostenibles que permanezcan en el tiempo y supongan un beneficio cualitativo tanto para el turista que nos visita como para el resto de agentes turísticos.

 

La promoción de Logroño como destino turístico de referencia en mercados nacionales e internacionales en cualquiera de las siguientes tipologías turísticas:

  • Enoturismo (Logroño Enópolis).
  • Turismo gastronómico.
  • Turismo MICE.
  • Turismo artístico-cultural.
  • Turismo activo, sostenible y de naturaleza.
  • Turismo familiar

 

El fomento y conocimiento de cualquiera de los recursos patrimoniales, históricos-artísticos, enológicos y naturales de la ciudad.

 

La atracción de reuniones,  incentivos,  congresos y eventos de carácter profesional o formativo.

 

El fomento y apoyo se articulará a través de dos líneas diferenciadas por la finalidad de la actividad de los solicitantes:

 

  • Línea 1: Proyectos turísticos correspondientes a asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro
  • Línea 2: Proyectos turísticos correspondientes a empresas y autónomos.

 

Los proyectos con independencia de la línea a la que correspondan, se enmarcarán dentro de uno de los siguientes programas diferenciados por la naturaleza de su contenido:

 

  • Programa I: Eventos, festivales y jornadas de carácter recreativo y de ocio. Por ejemplo: Festivales de música, de arte urbano, jornadas o festivales de promoción gastronómica, ferias o mercados temáticos, exposiciones no permanentes, recreaciones históricas…
  • Programa II: Eventos, congresos y jornadas de carácter divulgativo o formativo. Por ejemplo: ferias interprofesionales, eventos de carácter congresual, foros temáticos, ciclos o jornadas formativas no regladas…
  • Programa III: Actividades y servicios turísticos. Por ejemplo: visitas guiadas, visitas temáticas y/o teatralizadas, espectáculos musicales/culturales/enograstronómicos (de prestación continuada), show-cooking, talleres de cocina…
  • Programa IV: Proyectos de diseño y producción. Por ejemplo: diseño, producción, y edición de material gráfico (guías temáticas, folletos promocionales, …), creación de portal de información turística, creación de web o aplicación informática (app), proyectos audiovisuales…

 

El núcleo mayoritario de la actividad de los proyectos deberá tener lugar en la ciudad de Logroño

 

 

SUBVENCIÓN

 

Se podrá financiar el 100% del presupuesto neto subvencionables, con el límite máximo de 35.000€.

 

Los beneficiarios podrán solicitar subvención para más de un proyecto durante el periodo subvencionable, sin que la cuantía acumulada de las subvenciones concedidas en dicho periodo, supere los 35.000€.

 

La Comisión de valoración de las ayudas valorará cada proyecto en base a los criterios que se indican en las bases reguladoras. No obtendrán subvención aquellos cuya puntuación sea inferior a 45 puntos.

 

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

 

Los estrictamente necesarios para la actividad a desarrollar. Por ejemplo:

 

  • Retribuciones u honorarios del personal
  • Gastos de servicios técnicos y profesionales directamente relacionados con el desarrollo del proyecto
  • Gratificaciones y honorarios de colaboradores
  • Alquiler de espacios específicamente destinados al proyecto (excluido el alquiler de la sede social de la entidad beneficiaria)
  • Adquisición de materiales y bienes fungibles
  • Alquiler de material y/o equipos técnicos
  • Pólizas de seguros, de responsabilidad civil mayoritariamente
  • Gastos de transporte del personal de la empresa
  • Gastos de comunicación y promoción
  • Gastos de gestión y de administración relacionados directamente con el proyecto
  • Impuestos derivados de los gastos ordinarios y de la actividad siempre y cuando sean abonados por el beneficiario efectivamente, no incluyéndose por tanto cuando sean susceptibles de recuperación o compensación (por ejemplo el IVA)
  • Gastos de viaje, alojamiento y dietas de los participantes en el proyecto

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

La documentación se presentará electrónicamente en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados.

 

La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web www.logroño.es. También quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del estado en https://administracion.gob.es

 

Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

 

  • Modelo de ficha del proyecto (Anexo I)
  • Modelo de declaración jurada (Anexo II)
  • Modelo de ficha de contenidos (Anexo III). El modelo debe acompañarse de los documentos que se detallan en las instrucciones que lo acompañan.
  • Certificado de situación censal expedido por la Agencia Tributaria
  • En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos, resolución sobre reconocimiento de alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Memoria técnica
  • Copia del DNI o NIF de la persona o entidad y/o del DNI, NIE o pasaporte del representante (salvo que obre en poder del Ayuntamiento de Logroño y no haya variado)

 

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 31 de Octubre de 2021.

 

 

FORMA DE PAGO

 

El pago de la ayuda se efectuará:

 

  • 80% a partir de la fecha de adopción del acuerdo de concesión definitiva
  • 20% tras la justificación de la subvención concedida

 

 

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA 2021

 

  • Bases reguladoras. BOR nº 57 de 22 de Marzo de 2021. Enlace
  • Convocatoria 2021. BOR nº 74 de 19 de Abril de 2021. Enlace
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