Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 3/2020 - PROGRAMA CHEQUE DE INNOVACIÓN DE ACCIÓN RÁPIDA PARA LA REDUCCIÓN DEL IMPACTO CORONAVIRUS

Con fecha 13 de Marzo de 2020 se ha publicado en el BOR la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus.

 

El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 15 de Abril de 2020

BENEFICIARIOS

Empresas personas físicas o jurídicas, cuya actividad principal esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes CNAE 2009:

SECCIÓN C. INDUSTRIA MANUFACTURERA

 

C10 Industria de la alimentación

C11 Fabricación de bebidas

C12 Industria de tabaco

C13 Industria textil

C14 Confección de prendas de vestir

C15 Industria del cuero y del calzado

C16 Industria de la madera y del corcho; excepto muebles, cestería y espartería

C17 Industria del papel

C18 Artes gráficas y reproducción de soportes grabados

C19 Coquerías y refino de petróleo

C20 Industria química

C21 Fabricación de productos farmacéuticos

C22 Fabricación de productos de caucho y plásticos

C23 Fabricación de otros productos minerales no metálicos

C24 Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones

C25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

C26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos

C27 Fabricación de material y equipo eléctrico

C28 Fabricación de maquinaria y equipo

C29 Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques

C30 Fabricación de otro material de transporte

C31 Fabricación de muebles

C32 Otras industrias manufactureras

C33 Reparación e instalación de maquinaria y equipo

 

TRANSPORTE

 

H49.31 Transporte urbano y suburbano de pasajeros

H49.39 Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros N.C.O.P

H49.4 Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza

 

HOSTELERÍA

 

I55.10 Hoteles y alojamientos similares

I55.30 Campings y aparcamientos para caravanas

Se excluyen las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Acciones encaminadas a aumentar la seguridad de las personas en sus puestos de trabajo, y garantizar la gestión empresarial más óptima en respuesta a la actual situación provocada por la infección del virus “Coronavirus (COVID-19)”.

Siempre vinculados a la relación de las acciones descritas, podrán subvencionarse los siguientes gastos e inversiones a realizar desde el 10 de marzo de 2020 hasta el 15 de abril de 2020:

  • La consultoría o asistencia experta externa vinculada al desarrollo, definición e implantación de soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo, de planes de seguridad o contingencias, de planes de RRHH de conciliación, de planes gestión de la producción y la logística, y otros planes vinculados a la respuesta inmediata de la situación de referencia.
  • La asistencia experta externa para labores de desinfección de los equipos, instalaciones, y de las personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.
  • La asistencia experta externa para labores de monitorización y control de la infección en los trabajadores y la empresa, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.

 

  • Aquellas instalaciones, medios y equipos, o materiales, de seguridad y conectividad necesarios, como puedan ser: De comunicación, conectividad y sus redes (videoconferencia, etc.); Para el teletrabajo (PCs, tablets, impresoras, etc.); De medición de condiciones sanitarias (Termómetros, Kits de detección, etc.); Para desinfección de instalaciones y de las personas; De protección y seguridad personal individuales o colectivos (arcos de limpieza, lavapies, trajes especiales, etc.)

 

La empresa a tal efecto deberá de describir de forma breve en Memoria Técnica, a presentar en fase de concesión, el plan de actuación inmediata previsto.

No serán subvencionables:

  • Las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento en materia preventiva y las cuotas de los servicios de prevención.
  • La adecuación de lugares de trabajo por motivos de seguridad alimentaria o higiene medioambiental.
  • Los vehículos.
  • Las actividades de asesoramiento periódico.

 

OTROS REQUISITOS

  • Los proyectos o los resultados de las acciones a subvencionar tendrán como objetivo implantarse y/o explotarse por la empresa solicitante, y esta implantación y/o explotación, deberá ubicarse en centros de trabajo de La Rioja.
  • El gasto y/o inversión mínima subvencionable será de 2.000€
  • Se excluirán las facturas cuyo coste elegible subvencionable sea inferior a 300€

 

 

 

 

 

 

 

TRAMITACIÓN

 

Toda la tramitación deberá realizarse de forma telemática.

 

Antes de presentar la solicitud, se deberá obtener la credencial que será única por beneficiario y expediente de préstamo.

 

Esta credencial se obtendrá a través de la firma digital, en la sede electrónica de la ADER http://www.ader.es/sede-electronica/ y consta de: Número de solicitud, Usuario y Contraseña.

 

La obtención de esta credencial no implica la presentación de la solicitud. Esta se realizará a través de la cumplimentación completa y envío del formulario correspondiente, al que se accede en todo momento a través de los datos de la credencial.

 

 

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA

 

  • Bases reguladoras: Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación-, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja nº120, de 15 de octubre de 2018)

 

  • Convocatoria: Resolución de 12 de marzo de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial Programa Cheque de Innovación de Acción Rápida para la reducción del impacto coronavirus, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja nº31, de 13 de marzo de 2020)

 

 

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