Federación de Empresas de la Rioja

Boletín de Información Económico Financiera 12/2016 - PRÉSTAMOS ADER. 2 CONVOCATORIA 2016

Con fecha 7 de Diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja la segunda convocatoria para el año 2016 de concesión de préstamos destinados a financiar proyectos empresariales en La Rioja.

Beneficiarios

Empresas con ánimo de lucro, personas físicas o jurídicas, que puedan ser consideradas pequeñas y medianas empresas autónomas o empresas de mediana capitalización autónomas, que desarrollen un proyecto de inversión en alguno de sus centros productivos en La Rioja, o, en el caso de proyectos de circulante, éste corresponda a las necesidades de circulante de los centros productivos en La Rioja.

  • Se consideran PYME las que cuenten con menos de 250 empleados antes de la realización del proyecto, y cuyo volumen de negocio anual no supere los 50.000.000 de euros o su balance total no supere los 43.000.000 euros.
  • Se consideran empresas de mediana capitalización autónoma si la plantilla del grupo consolidado es de 250 empleados como mínimo y de 3.000 como máximo.

No podrán ser beneficiarios:

  • Las Sociedades Civiles cuando carezcan de personalidad jurídica.
  • Las Comunidades de Bienes.
  • Las sociedades financieras Empresas condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de contratar con la Administración u obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • Empresas que han solicitado la declaración de concurso voluntario.
  • Empresas con  residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • Empresas en crisis.

Sectores promocionables

Se financiarán todos los sectores a excepción de las siguientes actividades:

  • La fabricación de armamento, armas y munición, el material o las infraestructuras militares o policiales y el material o las infraestructuras destinados a limitar los derechos individuales o la libertad de las personas o que violen los derechos humanos.
  • Los juegos de azar y el material correspondiente.
  • La fabricación, la transformación o la distribución de tabaco.
  • Las actividades que implican la utilización de animales vivos con fines experimentales o científicos en la medida en que no se pueda garantizar el cumplimiento del "Convenio europeo sobre protección de los animales vertebrados utilizados con fines experimentales y otros fines científicos".
  • Las actividades cuyo impacto sobre el medio ambiente sólo puede ser atenuado o compensado en muy escasa medida.
  • Las actividades controvertidas por razones éticas o morales o prohibidas por la legislación nacional, por ejemplo la investigación sobre la clonación de seres humanos.
  • Las actividades cuyo único propósito sea la promoción inmobiliaria.
  • Las actividades meramente financieras, por ejemplo el comercio con instrumentos financieros.

Condiciones de los préstamos

  • Importe mínimo: 50.000€
  • Importe máximo: 2.000.000€
  • Límite del préstamo:
    • Préstamos para inversiones: Hasta el 100% del coste del proyecto
    • Préstamos para circulante: Hasta el 100% de las necesidades de circulante
  • Tipo de interés variable: Euribor a un año mas 1,25%

Si en el momento de la formalización del préstamo o en la fecha de revisión del tipo de interés el índice de referencia Euribor fuese negativo, este será considerado cero y por lo tanto, al préstamo se le aplicará como tipo de interés deudor el diferencial del 1,25%.

Carencia: en el caso de préstamos para inversiones: se podrá establecer un plazo de carencia de amortización del principal que no superará los 24 meses. En el caso de financiación de circulante, no se permite carencia.

Plazos:

  • En el caso de préstamos para inversiones, el plazo de amortización tendrá una duración mínima de 24 meses y máxima de 144 meses.
  • En el caso de préstamos para circulante, el plazo de amortización tendrá una duración mínima de 24 meses y máxima de 60 meses.

Los préstamos no podrán financiar la adquisición de terrenos y no podrán emplearse para refinanciar otros préstamos.

Garantías exigidas

Será requisito la constitución de un aval financiero que cubra el principal del préstamo, los intereses y todos aquellos otros derivados de la mora.

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta el 30 de Abril de 2017 (incluido)

Bases reguladoras y convocatoria

  • Orden 8/2015, de 21 de abril, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se regula la concesión de préstamos por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinados a financiar proyectos empresariales en La Rioja (BOR 24 de Abril de 2015). Ver texto completo
  • Segunda convocatoria de concesión de préstamos por la ADER 2016 (BOR 7 de Diciembre de 2016) Ver texto completo
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