Boletín de Información Económico Financiera 1/2016 - Ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola
Con fecha 4 de Enero de 20216 se publicó en el BOR la Resolución 1608/2015 de 29 de Diciembre de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola en La Rioja.
El objetivo de estas ayudas es fomentar el conocimiento de las características y cualidades del vino en terceros países con el fin de mejorar su posición competitiva o, en su caso, la apertura de nuevos mercados.
BENEFICIARIOS
- Empresas vinícolas.
- Las organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152, 156 y 157 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, reconocidas por el Estado miembro y que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
- Los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.
- Las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.
- Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
- Las cooperativas de segundo o ulterior grado que comercializan vinos elaborados por sus bodegas cooperativas asociadas.
- Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de vinos españoles en mercados de terceros países.
Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad técnica y financiera para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible. Deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.
Los beneficiarios tendrán el domicilio fiscal de su empresa u organización en La Rioja.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Las actividades subvencionables con cargo a la convocatoria del año 2017 serán las realizadas desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017. Las actividades subvencionables son:
- Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad que destaquen en particular las ventajas de los productos comunitarios en términos de calidad, seguridad alimentaria y respeto al medio ambiente
- Misiones comerciales
- Campañas publicitarias
- Promociones en puntos de venta
- Portales web para promoción exterior
- Misiones inversas
- Oficinas de información
- Gabinete de prensa
- Presentaciones de producto
- Participación en manifestaciones, ferias y exposiciones de importancia internacional
- Ferias y exposiciones internacionales
- Campañas de información, en particular sobre los sistemas comunitarios de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológica.
- Encuentros empresariales, profesionales...
- Jornadas, seminarios, catas, degustaciones
- Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales
- Estudios e informes de mercado
- Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información
- Estudios de evaluación de los resultados de las medidas de promoción
- Auditorías de ejecución de medidas y gastos de las operaciones
AYUDAS
Para la concesión de estas ayudas, las solicitudes se evaluarán y seleccionarán atendiendo a los Criterios recogidos en el anexo V del Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre. Ver Real Decreto
El criterio de evaluación de interés para La Rioja será el siguiente:
Se darán 10 puntos a los Programas correspondientes a vinos amparados por figuras de calidad, con la siguiente graduación: D.O.P.10 puntos, I.G.P.5puntos y 2 puntos vinos sin denominación de origen ni indicación geográfica en cuyo etiquetado y presentación figuren o esté previsto hacer figurar las indicaciones facultativas de año de la cosecha o nombre de una o más variedades de uva de vinificación o ambas.
La subvención será del 50% de la actuación aprobada, siempre y cuando se ejecute al menos el 75 % de lo inicialmente descrito. En caso contrario este porcentaje se reducirá. Si se ejecutara menos del 50% de lo descrito inicialmente, no se subvencionará nada.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Entre el 5 de enero y el 14 de febrero de 2016
NORMATIVA
Bases reguladoras: Orden 3/2015, de 19 de enero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola español en la Comunidad Autónoma de La Rioja y convocan las ayudas para la anualidad 2016.
Convocatoria 2017: Resolución 1608/2015 de 29 de Diciembre de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola en La Rioja.